1. Antecedentes
Como decíamos en la entrada “Zurgena y el Marquesado de los Vélez Siglos XV-XVI: Relación incierta”, desde la creación del marquesado por la reina Juana I de Castilla, por cédula real el 12 de septiembre de 1507 nombrando a D. Pedro Fajardo y Chacón, I primer marqués de los Vélez, la relación de nuestro pueblo con el marquesado ha sido incierta. Incluso en los documentos de la farda (tributo que pagaban los moros y judíos a los reyes cristianos por dejarlos vivir en sus tierras) de 1514 y 1562 se indicaba que Zurgena era uno de los lugares de la mujer del adelantado de Murcia, D.ª Inés Manrique, junto a Oria, Albox, Arboleas, Albanchez y Benitagla.
Sin embargo, es fácilmente demostrable, indagando en los archivos de la Casa de los Vélez, muy bien estudiados por Domingo Beltrán en 2014, que Zurgena no perteneció entre los siglos XV y XVI a este marquesado. En varias de sus arcas se encuentran escrituras y autos de amojonamiento y concordia sobre los términos del marquesado en Cantoria, Vélez Rubio y Arboleas con la ciudad de Vera y sus villas y lugares de Huércal, Overa y Zurgena(1).
2. EL MARQUESADO DE LOS VÉLEZ EN EL ALMANZORA
La familia Fajardo había ido adquiriendo, bien por compra o donación real las villas del reino de Murcia de Librilla (1381), Alhama (1387), Molina Seca (1395), Mula (1430) y Caravaca, la ciudad de Cartagena (1466), y los lugares de Fortuna y La Puebla (1373), consiguiendo convertirlas en mayorazgo en 1489.
En el valle del Almanzora, a Juan Chacón (1452-1503) le fue concedida por los Reyes Católicos la villa de Oria el 23 de junio de 1492 (siendo entregada por Juan de Benavides en 1493), y el 11 de mayo de 1495, compro a Pedro Manrique, I duque de Nájera, las villas de Albox, Arboleas, Albanchez y Benitagla. Juan murió en 1503 dejando a su segunda esposa Inés Manrique (¿-1535) las cinco villas del Almanzora como pago a sus derechos matrimoniales.
El hijo de Juan Chacón y su primera esposa, Luisa Fajardo Manrique, Pedro Fajardo y Chacón (1478-1542), heredó las villas murcianas de su padre, pero la reina Isabel, revocó la entrega de la ciudad de Cartagena, y obligó al Fajardo a hacer un trueque con las villas de Vélez Blanco, Vélez Rubio, Cuevas y Portilla; el documento se firmaría el 24 de julio de 1503. Muerta la reina Isabel, su hija Juana I, concedió a Pedro Fajardo el título de Marqués de Vélez Blanco el 12 de septiembre de 1507.
El 5 de octubre de 1515, Pedro Fajardo compra las villas de Cantoria y Partaloa al duque del Infantado, Diego Hurtado de Mendoza y Luna, y el 3 de diciembre de 1515, compra a su madrastra Inés Manrique las villas del Almanzora de Oria, Albox, Arboleas, Albanchez y Benitagla (2).
PEDRO FAJARDO Y PIMENTEL. V MARQUÉS DE LOS VÉLEZ (C) https://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?sit=c,373,m,1915&r=ReP-25083-DETALLE_REPORTAJESABUELO |
3. LOS MARQUESES DE LOS VÉLEZ
Enumeraremos la larga dinastía de los marqueses de los Vélez hasta la llegada a la época que nos interesa:
* I M.V. 1507-1542. Pedro Fajardo y Chacón (1478-1542) +(1508) Mencia de la Cueva y Toledo
* II M.V. 1542-1574. Luis Yáñez Fajardo de la Cueva (1508-1574) 1535: Marqués de Molina + Leonor Fernández de Córdoba y Zúñiga
* III M.V. 1574-1579. Pedro Fajardo y Fernández de Córdoba (1530-1579) +(1572) Mencia de Requeséns y Hostalric
* IV M.V. 1579-1631. Luis Fajardo de Requeséns y Zúñiga (1576-1631) +(1593) María Alonso Pimentel y Quiñones
El V marqués de los Vélez, Pedro Fajardo y Pimentel (1602-1647) fue nombrado marqués a la muerte de su padre Luis Fajardo en 1631. Se casó en primeras nupcias con Ana Girón Enríquez, y en segundas con María Engracia Álvarez de Toledo y Pimentel en 1632. Pedro fue nombrado por Felipe IV correlativamente virrey de Valencia, Aragón, Navarra y Cataluña, y alejado de la corte por el conde-duque de Olivares como virrey de Sicilia hasta 1647, fecha en la cual fallecería.
Su viuda regresa con sus cuatro hijos a Vélez Blanco a la muerte de su marido, permaneciendo en ella hasta 1657, cuando se traslada a Madrid junto a su familia. Desempeñaría el puesto de camarera mayor de la reina Mariana de Austria (1658) y aya del príncipe heredero Carlos II (1661), falleciendo en 1686.
De esta unión, nació el VI marqués de los Vélez: Fernando Joaquín Fajardo y Álvarez de Toledo (1635-1693), (V marqués de Molina y III marqués de Martorell), que desarrollaría una brillante carrera como gobernador de Orán y Mazalquivir, virrey de Cerdeña y de Nápoles, y tras su vuelta a Madrid: sería nombrado ministro de Hacienda y presidente del Consejo de India. Falleciendo en 1693.
A pesar de haber tenido dos matrimonios, D. Fernando Joaquín murió sin descendencia, por lo que las propiedades familiares pasaron a su hermana María Teresa Fajardo y Álvarez de Toledo (1645-1715) VII marquesa de los Vélez, VI marquesa de Molina y IV marquesa de Martorell. La marquesa estaba casada con Fernando Moncada de Aragón y Moncada, VIII duque de Montalto y VI duque de Bivona.
En 1665 nació su hija Catalina Moncada de Aragón y Fajardo (1665-1727), que heredaría de sus padres los títulos de VIII marquesa de los Vélez, VII marquesa de Molina, V marquesa de Martorell, IX duquesa de Montalto y VII de duquesa de Bivona. En su segundo matrimonio en 1685 se unió a José Fadrique Álvarez de Toledo y Fernández de Córdoba, VIII marqués de Villafranca del Bierzo, V duque de Fernandina, príncipe de Montalbán, grande de España y otros títulos.
Los títulos fueron heredados por su hijo Fadrique Vicente Álvarez de Toledo y Moncada de Aragón (1686-1753), no fue un gran militar, pero si un hábil cortesano, ministro de la Junta de Guerra y consejero de estado con Felipe V, y mayordomo mayor de Fernando VI. Se casó en 1713 con Juana Pérez de Guzmán, hija de Manuel Alonso Pérez de Guzmán y Pimentel, XII duque de Medina Sidonia y de María Luisa de Silva. De su matrimonio nacería el X marqués de los Vélez: Antonio Álvarez de Toledo y Pérez de Guzmán.
* V M.V. 1631-1647. Pedro Fajardo Pimentel (1602-1647) +(1632) Mariana Engracia Álvarez de Toledo y Pimentel
* VI M.V. 1647-1693. Fernando Joaquín Fajardo y Álvarez de Toledo (1635-1693)
* VII M.V. 1693-1715. María Teresa Fajardo y Álvarez de Toledo (1645-1715) +(1665) Fernando Moncada de Aragón y Moncada
* VIII M.V. 1715-1727. Catalina Moncada de Aragón y Fajardo (1665-1727) +(1685) José Fadrique Álvarez de Toledo y Fernández de Córdoba
* IX M.V. 1727-1753. Fadrique Vicente Álvarez de Toledo y Moncada de Aragón (1686-1753) + Juana Pérez de Guzmán de Silva
* X M.V. 1753-1773. Antonio Álvarez de Toledo y Pérez de Guzmán (1716-1773) (2 y 3)
Dejamos aquí la relación de marqueses de los Vélez; ya que escapa del tema que tratamos, pero hemos visto que del inicial marquesado de los Vélez, se han ido uniendo títulos nobiliarios y grandezas de España: Marquesado de Molina y Martorell, ducado de Montalto, marquesado de Villafranca, ducado de Fernandina, principado de Montalbán… y posteriormente los descendientes obtendrían los mayores títulos de nobleza española: ducado de Alba, ducado de Medina Sidonia, etc.
FERNANDO JOAQUÍN FAJARDO Y ÁLVAREZ DE TOLEDO. VI MARQUÉS DE LOS VÉLEZ (C) https://dbe.rah.es/biografias/15540/fernando-joaquin-fajardo-de-zuniga-y-requesens |
4. VENTAS Y EXENCIONES DE LUGARES ECLESIÁSTICOS Y DE REALENGO
Durante los reinados de Carlos I (1516-1556) y Felipe II (1556-1598) los reyes vendieron lugares eclesiásticos, aunque la desamortización se realizó de acuerdo con los pontífices, que concedieron las bulas autorizando la venta de numerosos lugares de obispados, monasterios y órdenes militares.
Felipe III (1598-1621), siguiendo las órdenes de su padre, realizó la restitución de los bienes eclesiásticos aún no vendidos y compensó por los enajenados en forma de juros (especie de pensión perpetua que se concedía sobre las rentas públicas). Y vendió algunas villas realengas como pago por las deudas de la Real Hacienda.
Es sin embargo durante el reinado de Felipe IV (1621-1665) cuando las ventas de lugares adquieren un gran volumen, como parte de una política más amplia, dirigida a incrementar los recursos de la Real Hacienda.
En 1625 se comenzó a vender vasallos de behetría (población que podía elegir libremente a su señor), villas de jurisdicción propia, y aldeas de cualquier ciudad o villa, derogando la prohibición contenida en las condiciones de Millones.
En 1626 por cédulas expedidas el 15 de enero, 31 de marzo y 20 de agosto, se autorizaba la venta de 20.000 vasallos, al precio de 15.000 maravedíes por vecino para las poblaciones de la Chancillería de Valladolid, y 16.000 para los de la Chancillería de Granada; aunque también se podían vender por extensión de territorio las menores de 100 vecinos, a razón de 5.600 y 6.400 la legua cuadrada respectivamente.
El buen resultado animó a la corona a continuar en 1630, vendiendo otros 12.000 vasallos. El mercado comenzaba a saturarse, pero aún así Felipe IV pidió a las Cortes la venta de otros 8.000 vecinos en 1639. En total se vendieron 40.000 vasallos. Sin embargo el rey siguió haciendo ventas, hasta llegar a la cifra de 53.089 vasallos, 13.089 más de lo acordado, que multiplicados por el coeficiente 4,5, dan unos 230.000 habitantes vendidos. En algunos de los casos no hubo venta, sino incautación de la prenda por el acreedor(4).
La venta de propiedades de realengo continuó durante el reinado de Carlos II (1665-1700) aunque en menor medida, sin embargo durante este reinado presumiblemente fue la compra de Zurgena y el paso de villa de realengo a señorío.
REAL CÉDULA FELIPE IV 31-03-1626 (GB_C12_10_41) (C) Archivos de Asturias. https://archivosdeasturias.info/feaa/action/detalle?buttons[5]=loadDetailUnidad&idTipo=263586 |
5. ZURGENA EN EL MARQUESADO DE LOS VÉLEZ
Palacés
Histórico siguiendo los datos aportados por los investigadores
consultados, ha realizado un resumen de sobre que época se pudo
realizar la venta de la villa de Zurgena por la Corona al marquesado
de los Vélez a finales del siglo XVII.
* 1657-1675/1686: A la muerte del V marqués, Pedro Fajardo y Pimentel en 1647, su viuda María Engracia Álvarez de Toledo y Pimentel, vuelve de Sicilia a Vélez Rubio, donde permanecería 10 años hasta que sus hijos alcanzaron la mayoría de edad. En 1657 con la ayuda del primo de su marido, el conde-duque de Benavente, logra que el valido D. Luis de Haro, la introduzca como dama de honor en la casa de la reina Mariana de Austria, llegando a ser Camarera Mayor en 1659, para posteriormente ser nombrada aya del príncipe Carlos II. A partir de la muerte de Felipe IV en 1665 y la regencia de la reina Mariana de Austria, la influencia de la marquesa aumentó en la corte. Consiguió casar a su hija M.ª Teresa con el heredero del duque de Montalto, y que su hijo Fernando Joaquín fuera nombrado gobernador de Orán y Mazalquivir y virrey de Cerdeña. Pero tras la mayoría de edad del príncipe Carlos y la pérdida de poder ante la reina, tomó parte de los detractores de esta, influyendo sobre el futuro rey. Murió en su palacio de Madrid en 1686(5).
Como indica el autor Raimundo A. Rodríguez en su tesis doctoral: “Los Fajardo no aumentan su patrimonio territorial hasta finales del XVII, cuando la marquesa viuda doña Engracia de Toledo (esposa del V marqués) compre la villa de Zurgena, próxima a sus estados del valle del Almanzora”(6).
Es posible que la compra de la villa de Zurgena acaeciera durante el tiempo trascurrido entre la llegada de la viuda a Madrid en 1657 y su muerte en 1686, y más probablemente entre 1657 y 1675, fecha de su pérdida de poder en la corte de la regenta Mariana de Austria.
* 1690: Otros historiadores consideran que la venta de Zurgena por el rey Carlos II se realizó en 1690, siendo Fernando Joaquín Fajardo y Álvarez de Toledo, el VI marqués de los Vélez. Es el caso de María del Mar Felices, que nos indica que: “El VI marqués de los Vélez D. Fernando Joaquín Fajardo y Toledo incorpora a sus posesiones territoriales la villa de Zurgena”… “Esta villa pasó a formar parte de la Casa Vélez hacia finales del siglo XVII. Fue en 1690 cuando Zurgena dejaba de ser de realengo para convertirse en señorial, pasan su jurisdicción al VI marqués de los Vélez Don Fernando Joaquín Fajardo y Toledo… La consulta del Catastro de Ensenada nos revela la escasez de propiedades que la casa nobiliaria tenía en Zurgena. Solo consta una casa mesón que estaba arrendada y que producía al año 110 reales”(7).
Además de sus cargos en el norte de África y virrey de de Cerdeña y Nápoles, Fernando Joaquín a su vuelta a la corte en 1683, fue nombrado Consejero de Estado, Caballerizo mayor de la reina; y en 1687 Presidente del Consejo de Indias y Superintendente general de Hacienda.
Pero sería con la entrada de la monarquía española en la Guerra de la Liga de Ausburgo (1688-1697) cuando la Corona volvió a recurrir a nuevas ventas de cargos y dignidades, quizás este fue el momento aprovechado por el marqués para hacerse con la villa de Zurgena. Poco después fue forzado a abandonar el cargo de superintendente y jubilarse de presidente del Consejo de Indias, muriendo ese mismo año de 1693(8).
* 1698: Pero la opinión general es que Zurgena pasó a manos señoriales en 1698 durante el marquesado de María Teresa Fajardo y Álvarez de Toledo. Así lo aseguran Julián P. Díaz López cuando afirma que “Zurgena se incorporó al señorío por la compra que hizo de ella al rey Carlos II en 1698 doña María Teresa Fajardo, VII marquesa de los Vélez”(9). Igualmente opina Raimundo A. Rodríguez, (cambiando de opinión) en el cuadro “los señoríos y otros bienes vinculados de la casa de los Vélez”(6) “Señorío. Zurgena. María Teresa Fajardo Toledo, VII marquesa. 1698 (compra)” e igualmente Javier Castillo: “La “Tierra de Baza se disgregó casi totalmente, al independizarse Zújar (1649-1658) y Caniles (1679), que continuaron siendo de realengo, y pasar Cúllar (1628-1641) y Benamaurel (1628-1633) a ser de señorío. Zurgena, por su parte, fue adquirida a la Corona por la VII marquesa de los Vélez en 1698”(10).
No sabemos demasiado de la VII marquesa de los Vélez, solo que tomó posesión del marquesado a la muerte de su hermano Fernando Joaquín en 1693, y que en 1665 se había casado con Fernando de Aragón y Moncada, VIII duque de Montalto, VI príncipe de Paterno, y un largo etc. de títulos nobiliarios. Pero parece que la Corona necesitaría hacer nuevas ventas, ya que acababa de terminar la guerra de la Liga de Ausburgo en 1697, y tras siete años de guerra, las arcas reales no estarían muy boyantes.
MARÍA TERESA FAJARDO VII MARQUESA DE LOS VÉLEZ (C) Juan Bautista Martínez 1665. “La duquesa de Montalto” Museo Estatal de Baja Sajonia. Hannover |
5.1. VENTA DE ZURGENA SEGÚN LA “HISTORIA DE ZURGENA”
Según J. García, J. Varela y P. Segura, autores del libro “Historia de Zurgena” las negociaciones para formar parte del marquesado de los Vélez partió de los vecinos de Zurgena el 19 de septiembre de 1648, cuando firmaron una obligación para conseguir la compra de su propia jurisdicción ante el escribano de Arboleas Antonio Caparrós y Velasco.
Pasarían algunos años hasta que esta compra se llevara a cabo, así el rey Carlos II dictaría una Real Cédula el 25 de enero de 1690 diciendo:
“En atención a haber ofrecido el Exmo. Sr. D. Fernando Joaquín Faxardo, Marqués de los Vélez , servir a la Real Hacienda con 495.000 Mrs. Tercia parte en plata, cuya cantidad correspondía a sesenta y seis vecinos que tenía el lugar de Zurgena, a razón de 7.500 cada uno, le eximio y reparo de la jurisdicción civil y criminal, alta y baja, mero mixto imperio en primera instancia, dando facultad al nominado Marqués de los Vélez para que en fuerza de donación y renuncia a su favor por el mismo pueblo pudiese hacer elección de justicias, ministros y escribano de número, cuya posesión se le dio, habiéndose pactado amojonamiento y división y jurisdicción.”
Citando un documento del Archivo Municipal de María donde se cita por primera vez al Marqués de los Vélez como señor de “…y de las Cuevas, Portilla y Zurgena...”(11).
Por desgracia no se incluyen las reseñas y archivos de donde se han sacado estos documentos, pero sabiendo del buen hacer de nuestros paisanos, deben de ser fidedignos.
6. ABOLICIÓN DE LOS SEÑORÍOS EN ESPAÑA
La “Revolución Liberal Española” iniciada en 1808, consideraba a los señoríos como uno de los símbolos de régimen feudal a suprimir. El proceso de abolición se inicio en las Cortes de Cádiz con el decreto de 6 de agosto de 1811, en ella se distinguía entre la jurisdicción, que se abolía, y la propiedad de las tierras, que se mantendrían con los derechos de la propiedad plena; es decir, se abolía el vasallaje y los privilegios, y las tierras eran de propiedad privada de los señores.
La vuelta al poder de Fernando VII, restablecía la monarquía absoluta y declaraba nula y sin efecto toda la obra de las Cortes de Cádiz en 1814. Pero la restauración de la Constitución durante el Trienio Liberal (1820-1823) renovó el interés por la supresión de los señoríos, aprobándose la ley de 3 de mayo de 1823 con la citada supresión. Pero esta ley no llegaría a desarrollarse, ya que Fernando VII volvería al trono como rey absoluto ese mismo año.
De nuevo un Gobierno Liberal, durante la Regencia de M.ª Cristina de Borbón (1833-1840) por minoría de edad de la reina Isabel II, acomete la abolición definitiva de los señoríos con la ley de 26 de agosto de 1837(12).
6.1. Abolición del señorío del marquesado de los Vélez
El XI marqués de los Vélez José Álvarez de Toledo Osorio (1773-1796) adquirió el título de XV duque de Medina Sidonia al heredar de su tío segundo Pedro de Alcántara Alonso de Guzmán el Bueno; y de su casamiento con María Teresa de Silva Álvarez de Toledo, obtuvo el ducado de Alba(13).
Durante la primera guerra carlista (1833-1840), el duque de Medina Sidonia Pedro de Alcántara Álvarez de Toledo y Palafox (1821-1867) (XIII marqués de los Vélez) tomó parte del bando del infante Carlos María Isidro, por lo que la Corona incautó los bienes de la casa de los Vélez entre 1837 y 1847(2).
ISABEL II (C) https://dbe.rah.es/biografias/13007/isabel-ii |
7. CONCLUSIÓN
Por motivos no conocidos al no existir (que sepamos) documentación que lo corrobore, la Corona durante el reinado de Felipe IV (1621-1665) o presumiblemente durante el de Carlos II (1665-1700), decidió vender al marquesado la villa de Zurgena, quizás como pago de deudas de la Real Hacienda o pago de favores e influencias, o
como se indica en la “Historia de Zurgena” por iniciativa de los
propios zurgeneros.. Zurgena tenía a su favor para la compra el estar junto al territorio del marquesado y ser frontera con Arboleas y próxima a Cuevas del Almanzora; y en detrimento, el ser una villa pequeña y carente de recurso, como ya vimos en la entrada “Zurgena en el Catastro de Ensenada: 1752-1754 Respuestas Generales: Tabla resumen (parte III)”(14), los marqueses solo tenían en nuestro pueblo un mesón arrendado que daba 9 o 10 ducados de vellón anuales.
Del modo que fuere, según
nuestros paisanos, el rey decide vender Zurgena el 25 de enero de
1690(11). Palacés Histórico aún sin estar detallada esta fecha, ha
supuesto que sería en 1690, ya que el VI marqués de los Vélez D. Fernando Joaquín Fajardo y Toledo fue el Fajardo más influyente en la corte de los Austrias, y más en plena guerra de los “siete años” o “de la Liga de Ausburgo”.
De su permanencia no hay ninguna duda, existe una amplia documentación que lo asegura, entre ellas, el texto del “Vecindario de Zurgena para ajustar el consumo de sal” de 1729 que indica claramente que el escribano fue nombrado por el “Duque de Fernandina y de Montalto, Marqués de los Vélez”(15) y en las respuestas generales de Zurgena de Aguilar del Catastro de Ensenada de 1752 indica que “la villa es del excelentísimo señor Duque de Fernandina, Montalto y Vélez”(16).
Tampoco queda clara la fecha de la vuelta al poder real de nuestra villa, quedando una fecha indeterminada de diez años entre 1837 y 1847. O
tal vez fue con la división civil del territorio en provincias
reseñado en el Real Decreto de 30 de noviembre de 1833 por Javier de
Burgos(17).
CONSUMO DE SAL 1729 pág. 1 (C) Archivo Histórico Provincial de Almería AHPAL_43378_488 |
BIBLIOGRAFÍA
(1) Zurgena y el Marquesado de los Vélez Siglos XV-XVI: Relación incierta. Palacés Histórico 2023.
https://palaceshistorico.blogspot.com/2023/02/zurgena-y-el-marquesado-de-los-velez.html
(2) El archivo de la casa de los Vélez. Historia, estructura y organización. Domingo Beltrán Corbalán. Tesis Doctoral. Departamento de Prehistoria, arqueología, historia antigua… Universidad de Murcia. 2014. Páginas 42, 94- 119.
(3) Marquesado de los Vélez. Wikipedia.
https://es.wikipedia.org/wiki/Marquesado_de_los_V%C3%A9lez
(4) Ventas y exenciones de lugares durante el reinado de Felipe IV. Antonio Domínguez Ortiz. Anuario de historia del derecho español n.º 34. 1964. Páginas 164, 166-171, 181.
(5) Mariana Engracia Álvarez de Toledo Portugal y Alfonso-Pimentel. Valeriano Sánchez Ramos. Diccionario Biográfico de Almería.
https://www.dipalme.org/Servicios/IEA/edba.nsf/xlecturabiografias.xsp?ref=564
(6) Un linaje aristocrático en la España de los Habsburgo: Los marqueses de los Vélez (1477-1597). Raimundo Antonio Rodríguez Pérez. Tesis doctoral. Universidad de Murcia. Departamento de Historia Moderna, Contemporánea y de América. Facultad de Letras. 2010. Página 156 y 227.
(7) Rentas y propiedades a mediados del siglo XVIII: El marqués de los Vélez y su señorío almeriense. María del Mar Felices de la Fuente y Domingo Marcos Giménez Carrillo. Los señoríos en la Andalucía moderna: El marquesado de los Vélez. 2007. Páginas 352 y 375.
(8) Fernando Joaquín Fajardo de Zúñiga y Requesens. Manuel Herrero Sánchez. Real Academia de la Historia.
https://dbe.rah.es/biografias/15540/fernando-joaquin-fajardo-de-zuniga-y-requesens
(9) El marquesado de los Vélez: Señorío y poder en los Reinos de Granada y Murcia. Julián Pablo Díaz López. C.A. de la Región de Murcia, Junta de Andalucía, C.C. Ministerio de Cultura y Dirección General de Archivos, Bibliotecas y Museos. 2007. Página 84.
(10) La articulación territorial del noroeste del Reino de Granada entre la Edad Media y la Moderna. Javier Castillo Fernández. Territorio e historia en el antiguo oriente granadino. Julián Pablo Díaz López / Andrés Sánchez Picón. 2017. Página 47.
(11) Historia
de Zurgena. A la historia desde tu historia. José García
Gallego, Josefina Varela Tudela y Pedro Segura Cano. Arráez
Editores. Colección Investigación, 2. 1994. Páginas 146 y 147.
(12) La supresión de señoríos y el proceso desvinculador de los bienes nobiliarios. Germán Rueda Hernanz. Aportes n.º 89, año XXX. 2015. Página 44-46.
(13) José Álvarez de Toledo Osorio. Wikipedia.
https://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_%C3%81lvarez_de_Toledo_Osorio
(14) Zurgena en el Catastro de Ensenada: 1752-1754: Respuestas Generales: Tabla Resumen (parte III). Palacés Histórico 2023.
https://palaceshistorico.blogspot.com/2023/03/zurgena-en-el-catastro-de-ensenada-1752_24.html
(15) Vecindario de Zurgena para ajustar el consumo de sal 26 de marzo de 1729. Palacés Histórico 2023.
https://palaceshistorico.blogspot.com/2023/04/vecindario-de-zurgena-para-ajustar-el.html
(16) Zurgena en el Catastro de Ensenada: 1752-1754 Respuestas Generales (parte I). Palacés Histórico 2023.
https://palaceshistorico.blogspot.com/2023/03/zurgena-en-el-catastro-de-ensenada-1752.html
(17) Real
Decreto 30 de noviembre de 1833. División civil del territorio.
Gaceta de Madrid 03-12-1833.
(C) ANDRÉS SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ 2023