1. EL ALTO IMPERIO (27 a.C. - 284 d.C.)
CÉSAR AUGUSTO
(C) https://redhistoria.com/biografia-de-cesar-augusto-el-primer-emperador/
El denominado Imperio Romano comienza en el 27 a.C. cuando el Senado reconoce el poder de Cayo Octavio (63 a.C.-14 d.C.), nombrándole Augusto (elegido por los dioses) y príncipe, nombre por el que sería conocido: Emperador César Augusto. Tras su nombramiento Augusto reestructura el principado, dividiendo Hispania en dos provincias imperiales: Citerior o Tarraconensis y Ulterior Lusitania, y una senatorial: Ulterior Baética. Palacés estaría en la Tarraconensis.
HISPANIA 27 a.C.
(C) Fuente INTEC/ Ilustrador: José Alberto Bermúdez
Hay controversia entre los historiadores sobre el nuevo límite entre la Tarraconensis y la Baética; unos autores la fijan en el río Andarax - Nacimiento (Almería), -quizás la más acertada- continuando hacia el interior siguiendo la línea de cumbres de la Sierra de Gádor y Sierra Nevada. Como consecuencia de esta división augustea todo el valle del Almanzora pasaba a formar parte integrante de la provincia Hispania Citerior Tarraconensis, perteneciendo en la división conventual subsiguiente al Conventus Cartaginensis, y no volviéndole a afectar las sucesivas divisiones de Hispania en época bajoimperial (1). Según el profesor Rafael Lázaro, la separación que dividía a la actual Almería era la doble referencia que desde antiguo establecía la separación entre la cultura bastetana y la tartésica, y su línea de separación, el valle del Andarax y el ramal de vía romana que desde Cástulo unía Alba, Urci, Turaniana y Murgi en dirección a Malaca (aunque Rafael Lázaro sitúa esta división en el 197 a.C.). Con esta nueva división en la parte Tarraconense quedarían las ciudades romanas de Baria (adscrita a la Bética después de Augusto), Alba y Tagili, el municipio romano de Palacés, y la enigmática Urci. Y en la Bética: Abdera y Murgi (2). Sin embargo otros autores sitúan el límite entre la Tarraconensis y la Baética en el río Almanzora (3) y por tanto Palacés estaría en la provincia Ulterior Baética.
Augusto visita por segunda vez Hispania entre el 26 y 24 a.C., partiendo de Roma en el verano del 27 (5), estableciendo su campamento en Tarraco. Durante los dos años siguientes lucha contra cántabros, astures y galaicos del norte. En el 24 a.C. Augusto abandona Hispania regresando a Roma, considerando que había triunfado en la guerra. No obstante, los cántabros y astures volvieron a sublevarse, hasta que en el 19 a.C. se produce la última campaña contra los cántabros que son vencidos por Agripa, siendo el definitivo sometimiento de Hispania (4).
El debate mantenido por los estudiosos sobre el límite territorial entre la Tarraconensis y la Baética, se mantiene hasta el 13 – 7 a.C., momento en el que Augusto procede a un nuevo reajuste territorial y administrativo de Hispania (4), así la Baética pierde el límite fronterizo marcado por el río Almanzora en Baria (=Vera) desplazándose al sur, cediendo gran parte de la actual provincia de Almería (2), hasta Cartago Nova en favor de la Tarraconensis; igual pasaría con Galicia, Asturias y Cantabria (4). Un caso especial sería la “oppidum adscriptum Baética” de Baria, por lo que, aunque por su ubicación geográfica estuviese dentro de la Tarraconense, administrativamente dependería de la Baética, mientras que jurídicamente lo sería del Conventus Gaditanus, a la que englobaría, dando prioridad al carácter étnico a todas las ciudades de origen fenicio. Si esto es así, tendríamos que incorporar al mismo conventus la ciudad de Tagili, por lo que éste extendería sus fronteras hasta el Alto Almanzora (1), y por consiguiente al municipio romano de Palacés.
En el 15 d.C. bajo mandato de Augusto se celebra la primera asamblea de la provincia Hispana Citerior, pero sería en el 73 o 74 d.C. cuando Vespasiano (9-79) proclamaría el llamado Edicto de Latinidad otorgando a toda Hispania el “ius Latii”, convirtiéndoles automáticamente en municipio de derecho latino (2), produciéndose la plena integración administrativa de las ciudades estipendarias de Baria y Tagili en el estado romano (1).
Pero no sería hasta el 122 cuando el emperador Adriano (76-138) visita Tarraco, donde convoca una Asamblea general de los hispanos.
Caracalla (188-217) en el 212 promulga la “Constitutio Antoniniana” concediendo la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del imperio. Y el mismo emperador en 214 reestructura de nuevo Hispania, creando la Nova Citerior Antoniniana (Galaecia), quedando: Citerior Tarraconensis, Citerior Antoniniana, Ulterior Baética y Ulterior Lusitania. Palacés continuaría en la Tarraconensis. Esta división continuaría hasta que Maximino (173-238) en el 238 unifica de nuevo la provincia Citerior o Tarraconensis, anulándose la Citerior Antoniniana.
HISPANIA 212 d.C.
(C) https://www.timetoast.com/timelines/hispania-romana
En el 262 se produce la primera entrada de los francos en Hispania atravesando la costa mediterránea, siendo la segunda en el 276, llegando al Duero y Lusitania (4).
1.1. POLÍTICA Y ADMINISTRACIÓN
La conversión en provincia en el 205 a.C. marca el comienzo de una incorporación de Hispania a los modos de vida romanos, contando desde el 133 a.C. con una “lex provinciae” que determinaba la condición jurídica de cada ciudad, territorio o pueblo.
Los romanos al llegar se encontraron con unas comunidades articuladas principalmente en oppida ibéricos al interior y colonias fenicio-púnicas en la costa, caso de Urci, Alba, Tagili, Abdera y Baria (6).
Durante la primera fase Roma no fundó ciudades, bastando las existentes, con las que tuvo varias categorías jurídicas:
* Foederatae: (Gades, Malaca, Tarraco, etc.) Reguladas con un pacto, con libertas para los ciudadanos.
* Liberae et inmunes: Ciudades soberanas pero sin mediar pactos.
* Stipendiariae: Resto de ciudades, donde Roma era propietaria de todos los bienes y personas.
Posteriormente Roma fundó colonias y municipios:
* Coloniae: Ciudades fundadas por magistrados con aportación de veteranos legionarios, “ex novo” como Emerita Augusta, y o sobre un antiguo poblado indígena como Hispalis. Estas tenían la misma administración que Roma en menor escala: curia, senado y magistrados. Siendo sus ciudadanos romanos.
* Municipia: De rango inferior a las colonias, como resultado de elevar un régimen jurídico al de Roma a un núcleo preexistente sin asentamiento de veteranos, distribución de tierras o ampliaciones urbanísticas, eran civiles. Estos podían ser de derecho romano o latino.
Desde el 197 a.C. las dos provincias (Citerior y Ulterior) fueron gobernadas por magistrados curales, cónsules (en casos de dificultad) y regularmente por pretores investidos de poderes militares (imperium). El cargo de pretor era de carácter electivo y anual, aunque podía ser prorrogado por el Senado (procónsules y propretores). Además del poder militar, estos tenían poder para promulgar edictos, acuñar moneda y administrar justicia (4).
2. EL BAJO IMPERIO (284-476 d.C.)
El denominado Bajo Imperio se inicia con el ascenso al poder de Diocleciano (244-311) en el 284. En el 286 Maximiano (250-310) es nombrado por Diocleciano augusto y coemperador (7), llegando en el 296 a Hispania para contener a los francos.
Entre los años 297-298 d.C. Diocleciano crea la Diocesis Hispaniarum con capital en Emerita, y el cargo de vicarius, dividiendo Hispania, y creando tres nuevas provincias: Carthaginensis, Gallaecia y Mauritania Tingitana, además de las ya existentes: Tarraconensis, Lusitania y Baética. Palacés perteneció a la Carthaginensis. En el 385 la Baleárica se constituye como nueva provincia, desgajándose de la Carthaginensis (4).
HISPANIA 300 d.C.
(C) Fuente INTEC/ Ilustrador: José Alberto Bermúdez
Una vez muerto el emperador de origen hispano Teodosio (347-395) en enero de 395, el imperio se dividió (según sus deseos) entre sus dos hijos, a Arcadio le correspondió la mitad oriental y a Honorio (384-423) la occidental (8).
Tras las luchas internas romanas entre Honorio y Constantino III (autoproclamado emperador de occidente en 407), los bárbaros, mercenarios de ambos ejércitos, campaban a sus anchas por Hispania (9), hasta que en el 409 se produce la invasión real y el reparto de Hispania por suevos, vándalos asdingos, alanos y vándalos silingos por los Pirineos (4).
Después de dos años de saqueos, en el 411 se establecen y se reparten las provincias hispanas: la Baética quedó para los vándalos silingos, mientras que la Lusitania y la parte más occidental de la Cartaginensis, correspondió a los alanos (10), para los vándalos asdingos la parte occidental de la Galaecia, y para los suevos la parte oriental de esta. No se mencionan la Tarraconensis, Insulae Baleares y Tingitana que pudieron quedar en las manos romanas de Máximo (11).
HISPANIA 409-411 d.C.
(C) https://caminandoporlahistoria.com/el-reparto-de-hispania/
En el 415 se produce la entrada por Barcino del rey visigodo Ataulfo; su sucesor Valia decide escapar de la presión romana y pasa a la Baética y posteriormente intentar pasar a África. Tras su descalabro en el estrecho de Gibraltar, en el 416 los visigodos negocian con Honorio, siendo utilizados como brazo armado de los intereses romanos para acabar con el resto de pueblos bárbaros.
Dos años más tarde, en 418, ya solo quedaban en Hispania algunos pueblos bárbaros, vándalos y suevos. Los vándalos tras derrotar a romanos y visigodos, deciden pasar a África y abandonar las provincias hispanas, quedando solo los suevos en la Galaecia en el 429 d.C. (11).
En nuestra zona, Baria es arrasada con la invasión de los vándalos en el 420, el mismo año de la destrucción de Cartago Nova (2).
Teodorico, rey visigodo, organiza en el 456 expediciones contra los suevos en la Galaecia y Lusitania, y posteriormente contra la Baética en el 458 (11).
La muerte del emperador de occidente Anthemio (¿420-472) en el 472, hace que Vincentius, dux provinciae de Hispania, que hasta ahora había sido el garante de la legalidad romana en la Tarraconense, último reducto romano en Hispania, trasvasara su fidelidad hacia los visigodos, dando lugar a la toma de estos de las principales ciudades tarraconenses, incluida su capital Tarraco (12), para terminar siendo asediada y tomada por las tropas visigodas de Eurico en el 476, pasando a formar parte del reino visigodo (13). Con esto terminaría el imperio romano en Hispania.
2.1. POLÍTICA Y ADMINISTRACIÓN
Las provincias hispanas imperiales (Tarraconense y Lusitania) estaban gobernadas por un Legatus Augusti propraetore con funciones militares y civiles; mientras que la senatorial (Baética) lo era por un procónsul asistido por un legado.
Con la nueva división del bajo imperio (Diocleciano) estas pasan a estar gobernadas por un praesides. El procurator era el encargado de la organización financiera. Hispania estaba divida en conventus iuridicus.
El edicto de latinidad de Vespasiano convirtió a los enclaves peregrinos en municipios, apareciendo los duunviros, ediles y cuestores como magistrados locales, organizándose un senado local y realizándose un censo (4), así las civitates obtienen el rango de municipium civium latinorum. Roma entrega el gobierno de los municipios a los grupos aristocráticos de mayor afinidad cultural con el mundo latino (14).
ANFITEATRO DE TARRACO
(C) Bernard Gegcon
BIBLIOGRAFÍA
(1) Análisis del territorio durante la ocupación protohistórica y romana en la depresión de Vera y Valle del río Almanzora. Almería. María Esther Chávez Álvarez. Tesis doctoral. Universidad de La Laguna, 2.000. Pág. 102, 479-480, 483- 487, 504-507, 509-510.
(2) Inscripciones romanas de la provincia de Almería. Rafael Lázaro Pérez. Diputación de Almería. Instituto de Estudios Almerienses. Colección Historia 67. Almería 2019. Pág 21, 24.
(3) Evolución provincial en la Hispania Romana. Carlos Gumiel Espinosa. Trabajo fin de grado. Universidad de Zaragoza, Facultado de Derecho. 2017-2018. Pág. 16.
(4) Atlas histórico de España I. Enrique Martínez Ruiz y otros. Colección Fundamento N.º 169. Ediciones Istmo. 2.003. Pág. 42-55.
(5) La presencia de Augusto en Hispania y las fechas de la reorganización provincial. Gonzalo Bravo Castañeda. Universidad Complutense de Madrid. Gerión. Vol. 35. 2017. Pág. 228.
(6) Las Civilitaes del sureste peninsular durante el Alto Imperio. Algunas cuestiones sobre su urbanismo y su territorio. M.ª Juana López Medina. Universidad de Almería. Florentia ilibertana. Revista de Estudios de antigüedad clásica. N.º 7, 1996. Pág. 175, 177.
(7) Diocleciano y Maximiano. Wikipedia.
https://es.wikipedia.org/wiki/Diocleciano.
https://es.wikipedia.org/wiki/Maximiano.
(8) Teodosio y Honorio. Wikipedia.
https://es.wikipedia.org/wiki/Teodosio_I_el_Grande
https://es.wikipedia.org/wiki/Honorio_(emperador)
(9) Caminando por la historia. Siglo V. El día que los pueblos bárbaros hicieron el reparto de Hispania.
https://caminandoporlahistoria.com/el-reparto-de-hispania/
(10) Las villae romanas de la Andalucía meridional y del estrecho. Alejandro Fornell Muñoz. Tesis doctoral. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Universidad de Jaén.1999. Pág. 28.
(11) La Bastitania romana y visigoda: Arqueología e historia de un territorio. Juan Antonio Salvador Oyonate. Tesis Doctoral. Departamento de Prehistoria y Arqueología. Universidad de Granada. Granada 2011. Pág. 745-750, 766-769, 774.
(12) El final del Imperio Romano de Occidente en Tarraco. Meritxell Pérez Martínez. Pyrenae, N.º 45, Vol. 2. 2014. Pág. 126-132.
(13) Las 15 claves de la historia antigua de Tarragona. Xavi Mejuto.
https://www.turismedetarragona.com/15-claves-historia-tarragona/
(14) Las Civilitaes del sureste peninsular durante el Alto Imperio. Algunas cuestiones sobre su urbanismo y su territorio. M.ª Juana López Medina. Universidad de Almería. Florentia ilibertana. Revista de Estudios de antigüedad clásica. N.º 7, 1996. Pág. 178-179.
(C) ANDRÉS SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ 2022
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